Federación de Baloncesto de Madrid

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TRÁMITES - Ayudas y subvenciones

Subvenciones a Asociaciones Deportivas Madrileñas 2024



El pasado día 16 de mayo de 2024, se ha publicado en el BOCM y en la página web de la Comunidad de Madrid la convocatoria para el año 2024 de subvenciones destinadas a Asociaciones Deportivas Madrileñas, para la participación en competiciones deportivas oficiales. El plazo de presentación de solicitudes es del 17 al 30 de mayo (ambos inclusive).



De cara a facilitar y clarificar la cumplimentación de la documentación a presentar en la convocatoria de subvenciones para asociaciones deportivas (ANEXO II, Certificado de la Federación), queremos recordar las siguientes consideraciones:

  • Cuando una asociación deportiva presente dos certificados deportivos (Anexo II); uno de la federación española y otro de la federación madrileña el número de licencias deben coincidir en ambos certificados.
  • No se valorarán las competiciones nacionales de las asociaciones deportivas que hayan resultado beneficiarias de otras ayudas de la consejería competente en materia de deportes (un mismo equipo no puede recibir ayudas por Elite y por asociaciones).
  • El total de ayudas concedidas a una asociación deportiva no podrá superar la suma de 200.000 ? durante los ejercicios 2022, 2023 y 2024.
  • Los deportes individuales y/o colectivos sólo rellenarán y puntuarán en el apartado de "Competiciones de deportes individuales y colectivos" aunque hayan participado en competiciones por equipos, como puede ser el caso de carreras por equipos. (EXCEPCIONES: Deportes de invierno(individual)-hockey hielo (equipo); Natación (individual)-Waterpolo (equipo); Patinaje(individual)-hockey patines (equipo); Piragüismo(individual)-kayak polo (equipo); Vóley playa (individual)-Voleibol (equipo).
  • En el apartado de competiciones clasificatorias de deportes individuales y/o colectivos, sólo puntuarán aquellas en las que haya una clasificación final y una premiación; por lo tanto, las fases previas del campeonato de Madrid que no tengan premiación y/o clasificación final no se considerarán.
  • En los deportes individuales y/o colectivos se contabilizarán el número de competiciones no el número de deportistas que compiten.
  • Las competiciones de deportes individuales y colectivos que se desarrollen en el mismo lugar y en la misma fecha, aunque compitan distintas categorías, solo se contabilizará una competición (disposición sexta 2.j).

Solo se contabilizará más de una competición si se trata de especialidades distintas (por ejemplo, sable, espada y florete en el caso de esgrima).

  • Solo se considerarán las ligas nacionales de deportes de equipo a las que tengan más de 9 jornadas separadas en el tiempo.


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