Podrán ser beneficiarios los estudiantes que, reuniendo los requisitos establecidos en las presentes bases reguladoras, se encuentren matriculados en enseñanzas oficiales en una universidad de la Comunidad de Madrid o en un centro adscrito a la misma, y cuya sede se encuentre en la Comunidad de Madrid, o en un centro superior de enseñanzas artísticas de la Comunidad de Madrid durante el curso académico al que hacen referencia las correspondientes convocatorias.
En el caso de estudiantes que participen en programas de movilidad, únicamente podrán ser beneficiarios aquellos cuya universidad, centro adscrito universitario o centro superior de enseñanzas artísticas de origen sea alguno de los contemplados en el párrafo anterior.
Solo se podrá ser beneficiario de la beca por una de las convocatorias (excelencia académica o excelencia académica-deportiva dentro del mismo curso académico), un único turno (nuevo ingreso o estudiantes ya matriculados) y por un único grupo (universitarios o enseñanzas superiores artísticas).
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