La Subdirección de Deporte Federado y Promoción Deportiva nos ha informado de la publicación en la próxima semana en el BOCM la Orden 3697/2014, de 11 de diciembre, por la que se conceden subvenciones destinadas a asociaciones deportivas madrileñas, ...
La Subdirección de Deporte Federado y Promoción Deportiva nos ha informado de la publicación en la próxima semana en el BOCM la Orden 3697/2014, de 11 de diciembre, por la que se conceden subvenciones destinadas a asociaciones deportivas madrileñas, excepto federaciones deportivas, por la participación en competiciones deportivas oficiales, convocada por la Orden 27262/2014, de 28 de agosto.
Orden publicada en el BOCM del día 16 de diciembre de 2014
Listado de clubs a los que les ha sido concedida la subvención junto a la cuantía de la misma.
De acuerdo con dicha Orden, las subvenciones concedidas se abonarán a los beneficiarios, previa presentación de la documentación establecida en los artículos 9.2 y 21.2 de la Orden 2762/2014, de 28 de agosto, ya citada, que se habrá de presentar en el plazo de diez días hábiles a contar desde el siguiente a la publicación de la Orden de concesión en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid. Se ruega la presentación de la misma a la mayor brevedad posible, con el fin de agilizar la tramitación y el cobro de la correspondiente subvención, dado que nos encontramos al final del ejercicio presupuestario.
La documentación a presentar es la siguiente:
- Certificado del presidente de la asociación deportiva justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención, con indicación de las actividades realizadas y de los resultados obtenidos, especificando que se mantiene en competición federada desde el inicio del periodo subvencionable. MODELO DE DOCUMENTO.
- Relación clasificada de los gastos de la actividad subvencionada, firmada por el presidente de la asociación, por un importe igual o superior al 100% de la ayuda concedida y que se corresponda con las actividades y gastos previamente solicitados. En dicha relación deberá constar: número de orden del justificante en la relación, número de factura, emisor, fecha de emisión, concepto, base imponible, importe del IVA de la factura, importe total de la factura y porcentaje del IVA.
- Cuando la actividad haya sido financiada, además de con la subvención, con otras subvenciones y/o ayudas públicas o privadas, deberá certificarse por el presidente de la asociación deportiva, el importe, procedencia y aplicación de tales fondos a dicha actividad. En caso de no darse esta circunstancia deberá aportarse certificado que lo indique expresamente. MODELO DE DOCUMENTO.
- Los justificantes de los gastos subvencionados incluidos en la relación de gastos a que se refiere el apartado b) anterior. Dichos justificantes se presentarán en original y copia, y quedarán en poder de la Dirección General de Juventud y Deportes para la compulsa de las copias y posterior estampillado de los originales tenidos en cuenta en la subvención. A estos efectos, son gastos subvencionables los establecidos en el artículo 5 de las presentes bases, y en la correspondiente convocatoria.
De acuerdo con los artículos 9.3 y 21.3 de la Orden 2762/2014, de 28 de agosto, solo se admitirán como justificantes de gastos los siguientes:
- Facturas, que deben cumplir todos los requisitos legales.
- Nóminas o recibos de salarios, acompañados de los correspondientes modelos de estar al corriente de pago de las obligaciones tributarias y/o de la Seguridad Social.
- Recibos de prestación de servicios, ateniéndose a la legislación vigente en materia de IRPF e IVA.
Recordamos que a estos efectos no se admitirán como justificantes de gastos los certificados emitidos por las respectivas Federaciones, debiendo aportarse por las asociaciones las correspondientes facturas a que hacen referencia los mismos.
Les recordamos que los registros más cercanos a esta Dirección General son:
- Registro del IMDER: Pº de Recoletos, 14-7ª planta.
- Registro de Educación: C/ Alcalá, 30-32 - C/ Gran Vía, 20