En este enlace tienes disponible el texto de la resolución.
Podrán solicitar ayuda las entidades, legalmente inscritas y reconocidas en su correspondiente registro con al menos un año de antigüedad a la fecha de la publicación de esta convocatoria en el “Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid”, y que tengan su domicilio social en el término municipal de Madrid, (salvo las Federaciones Deportivas Madrileñas y Españolas, que podrán tener su domicilio social en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid o del estado):
En caso de tener cualquier duda, podéis escribir al correo subvencionesdgd@madrid.es