A partir del 3 de octubre de 2016 entra en vigor la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que obliga a las personas jurídicas a relacionarse con todas las Administraciones Públicas a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo. Por lo tanto, a partir de esa fecha, todas las entidades deportivas, cuando presenten solicitudes o documentos ante este Registro de Entidades Deportivas de la Comunidad de Madrid, deberán hacerlo telemáticamente, y a través de este mismo sistema recibirán las comunicaciones que se le dirijan en contestación a las solicitudes presentadas.
La Guía de Tramitación de la página de Gestiones y Trámites de www.madrid.org explica pormenorizadamente todos los trámites a realizar, pudiéndose encontrar en este enlace.
A continuación se recoge un resumen de los pasos a seguir por parte de los clubes y demás entidades deportivas (o de sus representantes legales) para poder presentar válidamente solicitudes y documentos: